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Una reciente consulta tributaria V3151-18 establece con gran claridad, que en el impuesto de sucesiones y donaciones (ISD), la normativa autonómica, resulta totalmente aplicable a los no residentes extracomunitarios y a los no residentes en el económico europeo. La contestación a la consulta tributaria argumenta de forma extensa y basándose en el derecho de la Unión Europea, que los efectos de la célebre sentencia del tribunal de justicia de la Unión Europa (TJUE) de 3 de septiembre de 2014, se extienden a los ciudadanos que no son residentes en el unión europea o espacio económico europeo. La dirección general de tributos hace suya también la doctrina del Tribunal Supremo (TS) que en diversas sentencias de 19/2/2018, 21/03/2018 y 22/03/2018 resolviendo reclamaciones de responsabilidad patrimonial de la administración en demandas interpuestas por no residentes que se consideraban discriminados fiscalmente, dictó sentencia a favor de los demandantes.

V3151-18 Impuesto sucesiones no residentes

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