La ley de presupuestos ha reducido la bonificación aplicable hasta ahora del 85% al 40%, evidentemente la reducción de la bonificación es una pena, pero que para nosotros sigue resultando muy atractiva ya que a partir del ejercicio 2022 la tributación real de este tipo de sociedades será solo del 15%.
Recordemos que el Gobierno ofreciendo ventajas fiscales a los arrendadores de viviendas pretende que nuevas viviendas se incorporen al mercado de alquiler facilitando el acceso a la vivienda a muchas personas que no pueden adquirir una vivienda en propiedad.
Este régimen fiscal puede ser muy atractivo para inversores no residentes que quieran invertir en inmuebles en España para obtener rentas vía arrendamiento, y puede conseguirse una optimización fiscal muy buena mediante una sociedad española participada por una sociedad alemana, austriaca o suiza.
Recordemos que los requisitos necesarios para poder acogerse a este ventajoso régimen fiscal son tener como mínimo 8 vivienda en arrendamiento u ofrecidas en arrendamiento, que los arrendatarios sean personas físicas que los utilicen directamente como vivienda y que la actividad de arrendamiento sea considerada actividad económico a efectos fiscales en España, se considerará que es actividad económica si la sociedad tiene un mínimo de estructura dedicada a la actividad de arrendamiento siendo necesario que tenga como mínimo un empleado contratado a jornada completa.